Día Internacional de la Amistad
La Asamblea General,
Recordando las metas y los objetivos de su Declaración y Programa de Acción sobre una Cultura de Paz y el Decenio internacional de una cultura de paz y no violencia para los niños del mundo (2001-2010), así como todas sus
resoluciones pertinentes,
Reconociendo la pertinencia y la importancia de la amistad como sentimiento noble y valioso en la vida de los seres humanos de todo el mundo,
Teniendo presente que la amistad entre los pueblos, los países, las culturas y las personas puede inspirar iniciativas de paz y presenta una oportunidad de tender puentes entre las comunidades, honrando la diversidad cultural,
Afirmando que la amistad puede contribuir a los esfuerzos de la comunidad internacional, de conformidad con la Carta de las Naciones Unidas, por promover el diálogo entre las civilizaciones, la solidaridad, la comprensión mutua y la reconciliación,
Convencida de la importancia de implicar a los jóvenes y a los futuros líderes en actividades comunitarias encaminadas a fomentar la inclusión de las distintas culturas y el respeto entre ellas, promoviendo a la vez la comprensión internacional, el respeto de la diversidad y una cultura de paz, de conformidad con la Declaración y el Programa de Acción sobre una Cultura de Paz,
Observando que en muchos países se organizan cada año actividades, iniciativas y actos relacionados con la amistad,
1. Decide designar el 30 de julio Día Internacional de la Amistad;
2. Invita a todos los Estados Miembros, las organizaciones del sistema de las Naciones Unidas y demás organizaciones internacionales y regionales, así como a la sociedad civil, incluidas las organizaciones no gubernamentales y las personas, a celebrar apropiadamente el Día Internacional de la Amistad, de conformidad con la cultura y otras circunstancias o costumbres apropiadas de sus comunidades locales, nacionales y regionales, incluso mediante actividades educativas y de concienciación pública;
3. Solicita al Secretario General que señale la presente resolución a la atención de todos los Estados Miembros y organizaciones del sistema de las Naciones Unidas.
Naciones Unidas, Asamblea General
A/65/L.72
Distr. limitada. 27 de abril de 2011
No hay comentarios :
Publicar un comentario